Congreso de Sinaloa aprueba reformas que garantizan atención a salud mental, incluido espectro autista

Congreso de Sinaloa aprueba reformas que garantizan atención a salud mental, incluido espectro autista

Culiacán, Sinaloa, 5 de Mayo de 2026.- El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad reformas diversas a tres leyes que establecen protocolos de actuación ante situaciones de crisis emocional provocada por violencia escolar, inseguridad pública y otros factores, así como capacitar a personas de escuelas en salud mental, socioemocional, autocuidado y atención a trastornos del neurodesarrollo, incluido el espectro autista.

Estas reformas fueron propuestas por los grupos parlamentarios de Morena, PAS, PAN y Movimiento Ciudadano y tienen como objeto que el Estado otorgue mayor protección a niñas, niños y adolescentes desde las instituciones de educación, propiciando un sano desarrollo integral, previendo en todo momento la protección, su salud física, mental e intelectual.

Las leyes que se reforman son las de Educación, la de Salud Mental y la de Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista.

En las reformas a la Ley de Educación se adiciona una fracción al artículo 11, que establece objetivos para los servicios educativos e introduce la salud mental.

La fracción que se adiciona establece: “Promover y fomentar la educación, la integración de conocimientos básicos sobre salud mental, aprendizaje socioemocional y autocuidado como eje transversal”.

Se le adicionan cinco artículos Bis, al 113, para establecer que:
“La autoridad educativa estatal se coordinará con la Secretaría de Salud y el Instituto Sinaloense de Salud Mental, ofrecerá servicios de atención integral a la salud mental de los educandos, mediante la implementación de acciones, programas o protocolos permanentes de promoción, prevención, detección temprana, atención y canalización de casos que requieran intervención especializada.

“Para tal efecto implementará campañas de difusión, promoción, concientización y sensibilización a través del uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación, conocimientos y aprendizaje digital, con accesibilidad y diseño universal para niñas, niños y adolescentes, con discapacidades físicas, hablantes de lenguas indígenas y afrodescendientes.

“Las escuelas de educación básica y media superior, para la atención de la salud mental de las y los educandos deberán contar con áreas de atención, personal especializada en sicología, trabajo social o áreas afines, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

“Implementará evaluaciones psicoemocionales periódicas con base en protocolos científicos y con consentimiento informado de madres, padres o personas tutoras.

Los resultados tendrán carácter confidencial, preventivo y no punitivo, y se utilizarán exclusivamente para orientación y canalización a los servicios de salud correspondientes para su atención especializada”, entre otras adiciones.

A la Ley de Salud Mental se le reforma la fracción II del artículo 45, limitada a la salud mental infantil, pera hacerlo más extenso:
“Proponer a la autoridad educativa competente contenido de planes y programas de estudio sobre educación socioemocional y la integración de conocimientos básicos sobre salud mental para niñas, niños y adolescentes”.

A la Ley para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, se adiciona la fracción X Bis al artículo 8, relativo a los derechos de las personas con la condición del espectro autista y de sus familias.

La fracción que se adiciona establece:
“Promover e implementar programas para la formación y capacitación de personal docente y directivo de educación básica y media superior, en salud mental, socioemocional y autocuidado, así como trastornos del neurodesarrollo, incluido el espectro autista.

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