Congreso de Sinaloa da lectura a seis iniciativas; una relativa a la elección del Poder Judicial local

Congreso de Sinaloa da lectura a seis iniciativas; una relativa a la elección del Poder Judicial local

Culiacán, Sinaloa, a 25 de junio de 2026.- El Congreso del Estado de Sinaloa dio lectura este jueves en su Sesión Ordinaria a seis nuevas iniciativas que proponen reformas, adiciones y derogaciones a diversas leyes de la entidad, una de las cuales plantea enviar las elecciones del Poder Judicial hasta junio de 2028, mismas que estaban contemplada para el 2027.

Las iniciativas que fueron leídas son las siguientes:
*Iniciativa del Grupo Parlamentario de Morena que propone reformar los artículos segundo, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo transitorios del Decreto número 86 que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, para armonizar a esta con la Constitución federal, en materia del proceso electoral judicial.
Esta armonización contempla pasar para el 2028 las elecciones del Poder Judicial que están contempladas para el 2027.
La propuesta establece lo siguiente:
“La renovación de la totalidad de los cargos de elección en el Poder Judicial del Estado se realizará en la elección estatal del año 2028, de conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto”.
En consecuencia, quienes integrarán el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial iniciarán sus funciones en la fecha en que se les tome protesta a las y los Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial que emanen del proceso electoral de 2028.
En esa misma fecha, el Consejo de la Judicatura del Estado quedará extinto.
Los procedimientos de responsabilidades administrativas que se encuentren en trámite previo al inicio de las funciones del Tribunal de Disciplina Judicial, continuarán su substanciación bajo las mismas reglas en que hayan iniciado hasta su conclusión.
El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado implementará un plan de trabajo para la transferencia de los recursos materiales, humanos, financieros y presupuestales en lo que corresponde a sus funciones administrativas y de carrera judicial.
También se pasa para el 2028 la elección de una magistratura por tres años, otra por seis y una más por nueve años, a efecto de garantizar el escalonamiento en el Tribunal de Disciplina Judicial, entre otras reformas que tienen que ver con los años 2027 y 2028.

*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PVEM que propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Gobierno Electrónico del Estado de Sinaloa, en materia de regular el uso de la Inteligencia Artificial en la administración pública, definiendo criterios, controles y responsabilidades en su implementación.
Se adiciona el concepto de Inteligencia Artificial, a la que se le reconoce como “la disciplina científica que se ocupa de crear programas informáticos que ejecutan operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje o el razonamiento lógico”.
Se propone adicionar un capítulo para la Inteligencia Artificial, en el que se establece que:
La aplicación de procesos de Gobierno Electrónico y de vinculación con la sociedad que realicen las dependencias de la administración pública estatal y municipal, en los que se requiera la intervención de la Inteligencia Artificial o la incorporación de modelos tecnológicos automatizados, deberá desarrollarse y ejecutarse conforme a los siguientes principios:
l. Informar de manera clara, accesible y oportuna a las personas usuarias de los servicios digitales sobre la existencia y alcance de la intervención de sistemas de Inteligencia Artificial en dichos procesos;
II. Cumplir, en su diseño, implementación y operación, con los lineamientos, criterios técnicos y disposiciones que para tal efecto emita el Consejo;
III. Desarrollar, adoptar y aplicar protocolos para el manejo ético de la Inteligencia Artificial, que regulen su desarrollo, creación, implementación y uso;
IV. Garantizar el apego a la ética, el respeto y la protección de los Derechos Humanos, la perspectiva de género, la igualdad sustantiva y la no discriminación;
V. Asegurar el respeto a la legalidad, la seguridad jurídica y al Estado de Derecho;
VI. Promover la transparencia, la rendición de cuentas y los principios de Gobierno Abierto en el uso de la Inteligencia Artificial; y
VIl. Prohibir el uso de la Inteligencia Artificial con fines de manipulación social, inducción de conductas, orientación o sesgo ideológico, político o de cualquier otra naturaleza que vulnere los derechos de las personas. Entre otras propuestas.

*Iniciativa de la diputada Arely Berenice Ruiz López, de Morena, que propone reformas y adiciones diversas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Sinaloa, en materia de establecer los senderos de paz como estrategia para promover espacios públicos seguros y libres de violencia para las mujeres.
En el artículo 8, que establece las garantías que deben ofrecer los gobiernos estatales y municipales se agrega una fracción:
“El acceso a ciudades seguras y espacios públicos seguros mediante estrategias integrales de recuperación de espacios públicos con perspectiva de género”.
También se adiciona el concepto de “Interculturalidad”, al que se le define como:
“El enfoque intercultural parte del reconocimiento y respeto de las diferencias culturales existentes, bajo la concepción de que las culturas pueden ser diferentes entre sí pero igualmente válidas, no existiendo culturas superiores ni inferiores. Está orientado a abordar las particularidades de las mujeres de los pueblos indígenas, afrodescendientes y otros grupos étnicos diferenciados y su relación con la sociedad dominante, más allá de la coexistencia de culturas”.
Otro concepto que se adiciona es “Senderos de Paz” y se le define como:
“Estrategia integral de seguridad con perspectiva de género para el diseño y recuperación de espacios públicos para contribuir positivamente a la erradicación de la violencia de género en la vía pública mediante el mejoramiento de la infraestructura basada en acciones de iluminación, adecuación de espacios y mejoramiento de calles, atención a la primera infancia, camellones, parques, plazas y adecuación para facilitar el tránsito seguro y libre de violencia en Sinaloa”. Entre otras propuestas.

*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PAS y las ciudadanas Rosa Emma Contreras Villapudua y Paula Liliana Díaz Quiñónez que propone adicionar la fracción XVI al artículo 4 Bis A de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, en materia de reconocimiento y protección de los neuroderechos frente al uso de tecnologías invasivas de la actividad cerebral, garantizando la dignidad humana y la integridad física y síquica.
El contenido de la fracción que se propone adicionar es el siguiente:
El desarrollo científico y tecnológico, entre ellos la Inteligencia Artificial y su aplicación en la Entidad, estará al servicio de las personas y se llevará a cabo con respeto a la vida, y a la integridad física y psíquica. La Ley regulará los requisitos, condiciones y restricciones para su utilización en las personas, debiendo resguardar especialmente la actividad cerebral, así como la información proveniente de ella, sin menoscabar su dignidad.
Se propone establecer que la protección de los neuroderechos deberá contemplar el aspecto bioético, y al menos las siguientes vertientes:
a) El derecho a la privacidad mental;
b) El derecho a la identidad personal;
c) Derecho al libre albedrío;
d) El derecho al aumento de la neurocognición; y
e) El derecho a la protección de sesgos.

*Iniciativa de los ciudadanos y ciudadanas Norma Eladia Luna Germán, Eduvijes Cruz Valenzuela, Joel Gerardo Retamoza y otros, que propone expedir la Ley de Sistema de Parques, Arbolado y Áreas Verdes Urbanas en los Municipios y Estado de Sinaloa, para crear un sistema de parques, arbolado y áreas verdes urbanas en los municipios y estado de Sinaloa.
La ley que se propone se integra por 143 artículos divididos en seis títulos más siete artículos transitorios.
En la iniciativa propone defender y preservar para las generaciones de sinaloenses presentes y futuras los espacios públicos naturales y transformados en pulmones y microclimas de las ciudades, a través de la creación del “Sistema Estatal de Parques”, como un organismo público descentralizado de carácter estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Este sistema deberá administrar, cuidar, ordenar y mejorar los parques emblemáticos, arbolado y áreas verdes urbanas de los municipios del estado, con el fin que su suelo, flora y fauna estén bien conservadas, se interrelacionen todos los valores de los ecosistemas y actores que lo configuran, dejando de ser entidades individuales locales, sin perder su identidad municipal y pasar a formar parte de una entidad estatal, priorizando el bien común y la representación de la totalidad de las áreas biogeográfica de Sinaloa.
En el “Sistema Estatal de Parques”, se precisan las funciones y servicios que proporcionará a la población, así como las atribuciones, responsabilidades y alcances de los integrantes que forman parte de la estructura orgánica, entre otros aspectos relativos a su naturaleza. Entre otras propuestas.

*Iniciativa de la diputada Elizabeth Ramírez Tirado, de Morena, que propone adicionar la fracción VIII al artículo 6 Bis F de la Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Sinaloa, en materia de garantizar la accesibilidad en desarrollos en condominio mediante la integración de rutas de transporte público.
El artículo de referencia establece que:
“Los promotores de la construcción de desarrollos urbanos, tendrán la obligación de realizarlos de conformidad con los proyectos aprobados por la autoridad, así como de proporcionar los documentos e informes que se les requieran, debiendo ajustarse al Plan Estatal de Desarrollo Urbano y al Municipal de ubicación de la obra, así como cubrir los impuestos y derechos que se establezcan en las leyes correspondientes”.
Y la propuesta es adicionar la fracción que establece lo siguiente:
“La integración del desarrollo de movilidad urbana, deberá incluir la previsión, gestión o autorización de rutas de transporte público que garanticen accesibilidad a las y los habitantes”.

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