Culiacán, Sinaloa, a 19 de mayo de 2026. Diputadas y diputados del Congreso del Estado dieron primera lectura a cinco nuevas iniciativas, las cuales fueron turnadas para una segunda lectura antes de ser enviadas a Comisiones para su análisis y dictaminación.
De las iniciativas leídas, tres fueron enviadas al Poder Legislativo por la gobernadora interina, Yeraldine Bonilla Valverde, todas en materia de reforma judicial.
*La primera iniciativa propone reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Sinaloa, en materia de definir la forma de elección popular de las personas juzgadoras, así como establecer la organización y funcionamiento de los nuevos órganos judiciales, particularmente del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial.
Tiene por objeto, en términos generales, definir el mecanismo de elección popular de las personas juzgadoras, así como establecer la organización y funcionamiento de los nuevos órganos judiciales, del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial.
Lo anterior implica regular sus atribuciones, integración, competencias, procedimientos internos y mecanismos de control, en sustitución de las funciones actualmente desempeñadas por el Consejo de la Judicatura.
Asimismo, se prevé que el Congreso del Estado regule, mediante disposiciones específicas, diversos aspectos complementarios, entre ellos: las bases para establecer las condiciones de ingreso, formación, capacitación, actualización y permanencia de las personas servidoras públicas del Poder Judicial del Estado, así como su desarrollo profesional a través del organismo competente para tal efecto.
De igual manera, deberán regularse la forma y los procedimientos de los concursos abiertos para la integración de los órganos jurisdiccionales, observando el principio de paridad de género; las áreas que intervendrán en los procesos de evaluación y seguimiento de resultados; los procedimientos para ordenar medidas correctivas o sancionadoras cuando los resultados de la evaluación sean insatisfactorios; así como los métodos, criterios e indicadores aplicables a dichos procesos de evaluación.
*La segunda iniciativa propone reformar el artículo 127, segundo párrafo, y 161; y Adicionar los artículos 123 Bis; 123 Bis A; 123 Bis B; 123 Bis C; 123 Bis D; 123 Bis E; 128, fracción I Bis; 131 Bis; y 175 Bis, de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Sinaloa.
Tiene por objeto establecer un sistema de medios de impugnación aplicable al proceso de elección de las personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado mediante voto popular.
Su finalidad es garantizar los principios de legalidad, seguridad jurídica, certeza y tutela judicial efectiva, al permitir que las personas participantes y la ciudadanía controviertan los actos o resoluciones que vulneren sus derechos político-electorales, a través de mecanismos como el recurso de inconformidad y el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano.
Asimismo, se busca asegurar que cada una de las etapas del proceso de elección de juezas, jueces, magistradas, magistrados y de las personas integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial cuenten con controles jurisdiccionales eficaces que prevengan la arbitrariedad, y fortalezcan la legitimidad democrática del sistema de justicia en la entidad.
*La tercera iniciativa propone reformar el artículo 1, y adicionar la fracción XIII al artículo 2, y el título Noveno, denominado “Del Proceso para la Elección de Personas Juzgadoras del Poder Judicial del Estado” conformado por los artículos 311 al 352, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa, en materia de armonización para la renovación del Poder Judicial mediante el voto ciudadano.
Tiene como objeto establecer que las magistradas y magistrados, así como las juezas y jueces del Poder Judicial del Estado, sean electos mediante sufragio universal, libre, secreto y directo.

